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  • Stma. Trinidad 467, Trinidad, Flores

Oportunidad única | Excelente esquina en Trinidad

    • Miércoles 16 de noviembre
    • 14:00 hs.
    • En stma. Trinidad 467 – Trinidad, Flores

PADRÓN 6.914 URBANO
ÁREA TOTAL 1 HÁ 48 DM

Frente a calle Lorenzo Carnelli de 85,90 mts
Frente a calle Porongos de 116,42 mts

SEÑA: 20% en el acto – COMISIÓN: 3% más iva.












EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Flores de 2° Turno, dictada en autos: «AGUILAR, RUBEN c/ GONZALEZ, JULIO y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA» IUE 254-371/2003, se hace saber que el día Miércoles 16 de Noviembre, a las 14 horas, en el local sito en la calle Santísima Trinidad Nº 467, el martillero Héctor Alejandro ILUNDAIN BARAÑANO matrícula 5484, RUT 060026970019, en diligencia que presidirá la Sra. Alguacil Subrogante, procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y dólares americanos del siguiente bien inmueble, fracción de terreno con todas las mejoras que le acceden, empadronado con el número seis mil novecientos catorce (Nº 6.914), antes en mayor área con el Nº 2643, sito en la Primera Sección Judicial del Departamento de Flores, Localidad Catastral Trinidad, zona urbana, manzana Nº 472, señalada con la fracción UNO en el plano de mensura y fraccionamiento suscrito por el Agrimensor Álvaro Hiriart Condon, el 22 de Julio 1993, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Flores con el Nº 3024 el 23 de agosto de 1993, según el cual consta de una superficie de UNA HECTAREA CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS y se deslinda así: al Oeste, 85,90mts. de frente a calle Dr. Lorenzo Carnelli; al Norte 116,42mts de frente a la calle Porongos por ser esquina, al Este 85,90mts con fracción 2 del mismo plano y al Sur en 116,42mts lindando con parte del padrón 4293, padrones 4292 y 4291 respectivamente.- SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en el acto y por concepto de seña el 20% de su oferta en dólares americanos y en efectivo, pero si el precio total de lo rematado superare 1.000.000 de unidades indexadas, el pago se hará con cualquiera de los medios de pago establecidos por la Ley de Inclusión Financiera, letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo así con la Ley 19.210 y 19.478 decretos reglamentarios, sus modificativas y en especial lo estipulado por la Ley 19.889 (LUC); II) Que se deberá de integrar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contado a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate (art. 387.2 C.G.P.); III) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados, tasas municipales, la comisión de compra del Rematador más IVA (3,66%) y demás impuestos y gastos que la ley ponga a su cargo; IV) Que serán de cargo del demandado la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) del precio de remate, y 1% por concepto de Impuesto Municipal Ley 12.700 y demás impuestos que la ley ponga a su cargo; V) Que se desconoce la situación ocupacional del bien, así como la existencia de deudas ante BPS; VI) Que se desconoce el estado material y ocupacional del inmueble; VII) Que existe deuda por contribución inmobiliaria e impuesto de primaria, las que podrán descontarse por el mejor postor del saldo de precio del remate (I.T.P e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegrará luego de otorgada la respectiva escritura); VIII) Que se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de la titulación presentada, información registral y demás documentación agregada, la cual se encuentran a disposición de los interesados en esta sede ubicada en calle Luis A. de Herrera Nº 691, quedando a cargo de los interesados toda averiguación complementaria.IX) Según surge de la cédula catastral no se cumple con el art. 178 de la Ley 17.296. X) se firma el presente teniendo a la vista certificados Registrales ampliados al 19/10/22 nº 2369241 y 2369264. Y A LOS EFECTOS LEGALES SE HACEN ESTAS PUBLICACIONES. Trinidad, 01 de noviembre de 2022